ÓRGANOS DE GOBIERNO Y SUS RESPECTIVAS FUNCIONES
BUENA PARTE DE LAS FUNCIONES Y CONSTITUCIÓN DE LOS ÓRGANOS QUE A CONTINUACIÓN SE RECOGEN, VIENEN DETERMINADAS EN EL ACTA DE LA SESIÓN PLENARIA EXTRAORDINARIA, CELEBRADA EN EL AYUNTAMIENTO VILLANUEVA DEL FRESNO EL 15 DE JULIO DE 2019.
ALCALDE
Las funciones del Alcalde quedan establecidas en el Decreto de fecha 10 de julio de 2019 relativo a “Organización Municipal 2019-2023”. Las funciones de los Tenientes Alcalde quedan establecidas en el Decreto de Nombramiento de 15 de junio de 2019.
PLENO
El capítulo II del nuevo título X de la LRBL, aborda la organización y el funcionamiento de los municipios destinatarios de dicho régimen, regulando sus órganos necesarios -el Pleno, las Comisiones del Pleno, el Alcalde, los Tenientes de Alcalde y la Junta de Gobierno Local-, así como la división territorial en distritos, los órganos superiores y directivos, la asesoría jurídica, los mecanismos de participación ciudadana, el Consejo Social de la ciudad y la Comisión especial de Sugerencias y Reclamaciones.
El Pleno está integrado por todos los Concejales de la Corporación Municipal y es presidido por el Alcalde. Las innovaciones más relevantes son, sin duda alguna, la posibilidad de que el Alcalde delegue la presidencia en cualquier Concejal, la supresión de sus funciones ejecutivas o administrativas, que se concentran en los órganos de tal naturaleza, y la posibilidad de delegar funciones resolutorias en las Comisiones.
Con este conjunto de medidas se viene a configurar al Pleno como un verdadero órgano de debate de las grandes políticas locales que afectan al municipio y de adopción de las decisiones estratégicas.
JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
La Junta de Gobierno Local se integra por el Alcalde y un número de Concejales no superior al tercio del número legal de los mismos, nombrados y separados libremente por aquél, dando cuenta al Pleno. Corresponde a la Junta de Gobierno Local la asistencia al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones, delegadas por el propio alcalde u otro órgano municipal, o las que le atribuyan las leyes.
Los Tenientes de Alcalde sustituyen, por el orden de su nombramiento y en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, al Alcalde, siendo libremente designados y removidos por éste de entre los miembros de la Junta de Gobierno Local y, donde ésta no exista, de entre los Concejales.
La Junta de Gobierno Local, en la legislatura 2019-2023, la integran: